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Economía.- El juez ve delito en el uso indebido del nombre ‘Los Pedroches’ en jamones no amparados por la DOP

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba considera que es delito el uso indebido del nombre geográfico protegido ‘Los Pedroches’ en el etiquetado de jamones no amparados por esta Denominación de Origen Protegida (DOP) del norte de la provincia cordobesa.

Según informa el Consejo Regulador de la DOP Los Pedroches, la sentencia explicita que “los productos amparados por estas figuras de calidad diferenciada reconocidas por la Unión Europea (UE) tienen unas determinadas cualidades que no tienen el resto y que el derecho exclusivo del uso del nombre protegido para distinguir a los jamones y paletas amparados es de los operadores inscritos en los registros del Consejo Regulador”.

El Juzgado de lo Penal concluye en su resolución que “la mención del nombre ‘Los Pedroches’ en producto no amparado por esta Denominación de Origen Protegida supone un hecho suficiente para considerar que estamos ante un intento de llevar a engaño al consumidor y hacerle creer que está adquiriendo un producto amparado por la misma”.

Así, la sentencia condena a los autores a un año y diez meses de prisión, multa de 5.400 euros y estima además una indemnización por los daños morales a favor del Consejo Regulador, cuya cuantía se determinará en fase de ejecución además de imponerles el pago de las costas.

Las actuaciones se iniciaron por una denuncia realizada por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Los Pedroches, en cumplimiento de su función pública de defensa del nombre geográfico protegido, en el año 2019 ante la comandancia de la Guardia Civil de Córdoba, al tener conocimiento de la comercialización de jamones no amparados bajo signos que incluían el término protegido ‘Los Pedroches’.

Tras ello, se iniciaron las diligencias de la Benemérita, interviniendo el producto denunciado e iniciando toda la investigación concerniente al etiquetado fraudulento y posterior comercialización de los jamones por parte de los condenados. La denuncia se presentó al amparo del convenio de colaboración que la Asociación Española de Denominaciones de Origen (Origen España) y la Dirección General de la Guardia Civil tienen firmado para la defensa de estas figuras de calidad diferenciada.

“UN PRECEDENTE MUY TRASCENDENTE”

La sentencia puede ser aún recurrida, pero, en cualquier caso, “crea un precedente muy trascendente e importante para la defensa y el prestigio de todas las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de España y de su producto amparado”, concluyendo que “la aparición del nombre protegido en el producto no amparado supone una infracción perseguible por la vía penal”, a la vez que “defiende los intereses de los consumidores a tener en el etiquetado de los alimentos información veraz y no confusa”.

Al respecto, destacan que las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) amparan y protegen productos agroalimentarios de calidad diferenciada, consecuencia de características propias y diferenciales debidas al medio geográfico en el que se producen y se elaboran y a la influencia del factor humano que participa en su obtención. Son productos agroalimentarios de calidad, origen, tradición y garantía certificada y avalados a nivel europeo.

Denominación de Origen Protegida es el sello que identifica al jamón ibérico ‘Los Pedroches’, un producto originario del norte de la provincia de Córdoba y cuya relación con el área geográfica es “esencial para la calidad o las características del producto”.

Los productos con esquema de calidad diferenciada DOP e IGP aportan “valor a la sociedad, a la economía, al medio ambiente y a los consumidores, contribuyendo al desarrollo sostenible de los sistemas de producción de alimentos y al desarrollo económico local”.